Este decreto aprueba el nuevo reglamento de calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua. Su objetivo es establecer las condiciones y requisitos de seguridad que deben cumplir las calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua, con el objeto de resguardar su funcionamiento seguro y evitar daños a la salud de las personas.
Su alcance es:
A.- Calderas de vapor de agua, calderas de calefacción y calderas de fluidos térmicos, sean éstas fijas o móviles.
B.- Autoclaves y equipos que trabajan con vapor de agua, a presión manométrica igual o superior a 0,5 kg/cm2.
C.- La red de distribución de vapor, desde la fuente de generación de vapor, a los puntos de consumo de todo proceso, sus componentes y accesorio.
Además, este Decreto faculta a la Autoridad Sanitaria para fiscalizar y sancionar a quienes no lo cumplan.
Decreto completo, haz clic AQUÍ.