Decreto Supremo Nº 133 “Protección Radiológica en Chile”

Decreto 133 de 1984: regulación de autorizaciones y protección radiológica ante instalaciones y equipos que generan radiaciones ionizantes

“Reglamento que establece autorizaciones sanitarias, seguridad para el personal expuesto y monitoreo de dosis para proteger la salud y el ambiente.”

Decreto Supremo N° 133

El Decreto Supremo 133 de 1984, vigente en Chile y emitido por el Ministerio de Salud, establece el marco regulatorio para las autorizaciones sanitarias de instalaciones y equipos que generan radiaciones ionizantes, el manejo de sustancias radiactivas, la protección radiológica y el monitoreo de dosis de los trabajadores. Este artículo ofrece un panorama detallado de sus objetivos, contenidos clave y las responsabilidades de empleadores, trabajadores y servicios de salud para garantizar la seguridad en ámbitos médicos, industriales y de investigación.

1. Contexto y finalidad:

  • Contexto: El uso de radiaciones ionizantes en medicina, industria y ciencia exige un marco normativo que minimice los riesgos para la salud y el medio ambiente.
  • Finalidad: Proporcionar un conjunto de reglas claras para obtener autorizaciones, proteger a las personas expuestas y asegurar una vigilancia adecuada del cumplimiento.

2. Resumen de la norma

Objeto y alcance

  • Regula el funcionamiento de instalaciones y equipos que generan radiaciones ionizantes y el manejo de sustancias radiactivas.
  • Busca proteger a la ciudadanía y al entorno ante posibles efectos nocivos.

Autorizaciones

  • Se exige autorización sanitaria para:
    • Operar instalaciones y equipos que generan radiaciones ionizantes.
    • Gestionar sustancias radiactivas en todas las etapas (almacenamiento, transporte, uso y eliminación).

Personal expuesto

  • Define quiénes son considerados como persona ocupacionalmente expuesta.
  • Establece condiciones para la autorización sanitaria de estas personas y su supervisión periódica.

Protección y dosimetría

  • Los empleadores deben suministrar:
    • Elementos de protección radiológica personal.
    • Dosímetros para medir las dosis recibidas por los trabajadores.
  • Establece límites y procedimientos para el uso adecuado de estos elementos.

Monitoreo y registro

  • Requiere la remisión trimestral de los dosímetros al Instituto de Salud Pública (ISP) para:
    • Registro de dosis.
    • Vigilancia del cumplimiento de los límites de exposición.

Fiscalización

  • El control y la vigilancia están a cargo de:
    • Los Servicios de Salud.
    • El Servicio de Salud del Ambiente.
  • Estas entidades pueden realizar inspecciones, auditorías y tomar medidas ante incumplimientos.

3. Responsabilidades y acciones específicas

Empleadores

  • Cumplir con las normativas y requisitos de autorización.
  • Proporcionar protección radiológica personal y dosímetros.
  • Remitir los registros de dosis al ISP según lo establecido.

Trabajadores

  • Sujetarse al control dosimétrico.
  • Mantenerse dentro de los límites de dosis.
  • Ser reasignados a funciones compatibles si se exceden los límites, conforme a las directrices del ISP.

Servicios de Salud

  • Fiscalizar el cumplimiento del reglamento.
  • Tomar acciones correctivas ante incumplimientos.
  • Coordinar con el ISP para el registro y la vigilancia de dosis.

4. Contenido práctico para lectores profesionales

Requisitos operativos

  • Pasos para obtener la autorización sanitaria.
  • Documentación y procesos de revisión por parte de las autoridades sanitarias.
  • Roles de responsabilidad y perfiles de los responsables técnicos.

Protección radiológica

  • Especificaciones sobre el equipo de protección personal (EPP) y su uso correcto.
  • Procedimientos para la colocación, calibración y mantenimiento de dosímetros.
  • Límites de dosis aplicables y procedimientos ante detección de excedentes.

Monitoreo y control

  • Proceso logístico para el envío trimestral de dosímetros al ISP.
  • Interpretación de los informes de dosis y acciones ante resultados anómalos.
  • Registro histórico de dosis y su utilización en programas de seguridad laboral.

Fiscalización y sanciones

  • Tipos de intervenciones posibles (avisos, requerimientos, sanciones).
  • Plazos y mecanismos de apelación ante resoluciones disciplinarias.

5. Impacto en sectores clave

  • Medicina: uso de radiaciones ionizantes en diagnóstico y tratamiento requiere estrictos controles de autorización y protección.
  • Industria: irradiación, inspección de materiales y procesos que implican fuentes radioactivas.
  • Investigación: laboratorios y proyectos que manejan sustancias radiactivas deben adherirse a las pautas de seguridad y registro.

6. Guía práctica para implementación

  • Paso 1: Identificación de instalaciones y equipos que generan radiaciones ionizantes.
  • Paso 2: Solicitud y obtención de la autorización sanitaria correspondiente.
  • Paso 3: Designación del responsable sanitario y definición de procedimientos de seguridad.
  • Paso 4: Adquisición y gestión de EPP y dosímetros; programa de calibración.
  • Paso 5: Implementación del monitoreo dosimétrico y envío de dosímetros al ISP.
  • Paso 6: Establecimiento de procedimientos para casos de dosis excedentes.
  • Paso 7: Plan de fiscalización interna y registro de cumplimiento.

7. Citas y contexto

  • “La regulación contribuye a la protección de la salud frente a radiaciones ionizantes” — Autoridad competente, Cargo.
  • “La implementación adecuada de controles dosimétricos es crucial para evitar sobreexposición” — Especialista, Organización.

8. Qué hacer ahora 

  • Revisar el texto oficial del decreto para entender requisitos específicos.
  • Consultar con el Servicio de Salud correspondiente para trámites de autorización.
  • Preparar la documentación necesaria y planificar la implementación de controles y monitoreo.

9. Verificación y transparencia

  • Fuente oficial: Decreto Supremo 133 de 1984 (Ministerio de Salud).
  • Enlaces oficiales para consulta y trámites.
  • Fecha de publicación y actualizaciones relevantes.

11. Enlaces útiles

12. Curso de Protección Radiológica

  • Este curso de Protección Radiológica es válido para la obtención de la Autorización de Desempeño exigida por la normativa vigente en Chile, especialmente según el Decreto Supremo N°133 del Ministerio de Salud. Está dirigido a personas que operan equipos de rayos X y fuentes radiactivas de las categorías 1ra, 2da y 3ra, en instalaciones radiactivas y generadores de radiaciones ionizantes.
  • Seguridad radiológica y protección de la salud en instalaciones radiactivas
  • Operación segura de equipos de rayos X y fuentes radiactivas
  • Programa del curso descargable Haz clic aquí 
  • Información sobre el curso de Protección Radiológica Haz clic aquí 

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