Cabe destacar que, desde el punto de vista legal, las consultas Medicas o de Salud deben ser autorizadas como “salas de procedimiento” (tratamiento convencionales) o como “pabellones de cirugía menor” (cirugías). Esta situación está regulada por el “Reglamento N°283” y por las “Normas Técnicas Básica para obtener autorización sanitaria en Establecimientos de Salud” (NTB)
D.S. Nº 133/84 Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines.
- El siguiente reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes.
- Autorizaciones de Desempeño de todo el personal que se desempeña en la instalación radiactiva (personal que se trabaje en instalaciones radiactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, u opere tales equipos y otras actividades a fines).
D.S. N° 3/85 Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radiactivas
- Considera medidas de protección radiológica
- los límites de dosis
- control dosimétrico
Los límites de dosis para trabajadores expuestos a radiaciones ionizantes serán las siguientes:
ÓRGANO EXPUESTO LÍMITES DE DOSIS rem anual mSv anual
Cuerpo entero, gónadas, médula ósea 5 50
Cristalino 30 300
Cualquier otro órgano en forma individual 50 500
¿Para qué sirve la dosimetría personal?
- Para efectuar una eficaz vigilancia radiológica individual, obteniendo la información necesaria que permite calcular y estimar la dosis efectiva recibida por irradiación externa en un período de tiempo determinado.
- Permite el registro, control y evaluación de la dosis que el operador va recibiendo y acumulando por su trabajo, teniendo en cuenta los límites de dosis establecidos y recomendados internacionalmente.
- Permite detectar posibles casos con exposiciones inadecuadas y elevadas para las prácticas que realizan.
- Permite realizar un análisis del nivel de exposición e indicar la necesidad de posibles modificaciones de las técnicas o procedimientos de trabajo.
- Permite efectuar una efectiva vigilancia epidemiológica del personal expuesto y correlacionar la exposición con posibles efectos adversos a la salud.
D.S. N° 48 de Calderas y Equipos que utilizan Vapor de Agua.
D.S. N°6/09 Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de Salud (REAS).
D.S. N° 594/99 Obligación de contar con extintores y ser capacitados en el uso de ellos.
Reglamento N°1704 para el ejercicio de las profesiones auxiliares de la medicina, odontología y química y farmacia.
Reglamento N°283 de 1997 que aprueba salas de procedimiento y Pabellones de cirugía menor.
Capacitaciones:
- Protección Radiológica
http://www.iprltda.cl/noticias/calendario-de-cursos-de-proteccion-radiologica-ano-2013/
- Calderas y Autoclaves
http://www.iprltda.cl/prevencion-de-riesgos/curso-autoclaves/
- REAS
http://www.iprltda.cl/noticias/curso-en-manejo-de-residuos-clinicos-y-hospitalarios-reas/












